Bases reguladoras de la Intervención 6503 de Agricultura Ecológica

Publicación de las bases reguladoras de la Intervención 6503 de Agricultura Ecológica, Orden de 22 de abril de 2024. Entre otras cuestiones detalla:

  • Artículo 6. Requisitos de los beneficiarios.

a) Ser agricultor

b) Ser titular de una explotación. A tal efecto, la explotación deberá estar inscrita, a nombre del solicitante de las ayudas, en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el momento de finalizar el plazo de presentación de las solicitudes de concesión de las ayudas.

c) Estar inscrito como operador en el Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia y tener inscritos en el mismo como “agricultura ecológica, todos los recintos de la explotación dedicados al cultivo para el que se pida las ayudas en el año de la solicitud.

f) Contar con dirección técnica de la explotación, ejercida por un profesional que como mínimo será competente para asesorar sobre los compromisos de la línea de ayudas.

g) Asumir los compromisos de la línea de ayudas que se establecen en el artículo 7.

  • Artículo 7. Compromisos.

a) Permanecer inscritos en el Consejo de la Agricultura Ecológica de la Región de Murcia.

b) Cumplir estrictamente con todas las normas de producción ecológicas

c) Cumplir las normas técnicas dictadas por el Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia en la materia no regulada por el Reglamento anterior.

  • Artículo 9. Tipo y cuantía de las ayudas
  • Aromáticas: 240 €/ha
  • Arroz: 280 €/ha
  • Cultivos herbáceos: 88 €/ha
  • Cítricos: 640 €/ha
  • Frutales: 720 €/ha
  • Frutos secos: 240 €/ha
  • Hortalizas: 480 €/ha
  • Olivo: 360 €/ha
  • Uva de mesa: 720 €/ha
  • Viña: 400 €/ha
  1. Se aplicarán criterios de degresividad para el cálculo del importe la ayuda en los siguientes términos:
    1.º Cultivos a los que se aplica baja degresividad:
    Se aplicar la siguiente degresividad a los grupos de cultivos: Cultivos
    herbáceos, Aromáticas, y Arroz.
    a) Menos < 200 ha: 100% de la prima unitaria
    b) [200-400) ha: 75% de la prima unitaria
    c) [400-600) ha: 25% de la prima unitaria
    d) ≥ 600 ha: 10% de la prima unitaria
    2.º Cultivos con degresividad media:
    Se aplicará la siguiente degresividad a los grupos Frutos Secos, Olivar y Viña.
    e) Menos < 50 ha: 100% de la prima unitaria
    f) [50-100) ha: 75% de la prima unitaria
    g) [100-150) ha: 25% de la prima unitaria
    h) ≥ 150 ha: 10% de la prima unitaria
    3.º Cultivos con degresividad intensa:
    Se aplicará la siguiente degresividad para cada uno de los grupos de cultivo:
    Uva de mesa, Frutales, Cítricos y Hortalizas.
    a) Menos < 5 ha: 100% de la prima unitaria
    b) [5-10) ha: 75% de la prima unitaria
    c) [10-15) ha: 25% de la prima unitaria
    d) ≥ 15 ha: 10% de la prima unitaria
  • Artículo 24. Evaluación de las solicitudes
a) Explotaciones con más del 50% de la superficie admisible por la que sesolicita la ayuda incluida dentro de la Red Natura 2000, de espacios naturalesprotegidos o en el entorno de humedales de importancia internacional (ListaRamsar): 25 PUNTOS.
b) Explotaciones con más del 50% de la superficie admisible por la que sesolicita la ayuda incluida dentro de Zonas de Montaña: 25 PUNTOS.
c) Explotaciones con más del 50% de la superficie admisible por la que sesolicita la ayuda incluida dentro de Zonas con Limitaciones Naturales: 20 PUNTOS.
 d) Explotaciones con más del 50% de la superficie admisible por la que sesolicita la ayuda incluida dentro de Zonas Vulnerable a la contaminación pornitratos: 15 PUNTOS.
 e) Explotaciones con más del 90% de la superficie que compone laexplotación de secano. Se considerará que cumplen este criterio únicamente las superficies agrarias, sin considerar como tales aquellas que tengan los usos SIGPAC FO, PR, PS y PA.  17 PUNTOS.
f) Explotaciones con más del 50% de la superficie admisible por la que sesolicita la ayuda con pendiente superior al 8% (Pendiente del recinto segúnSIGPAC):
Orden-del-22-de-abril-2024-6503-agricultura-ecologica

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