ASESORAMIENTO DE EXPLOTACIONES AGRARIAS

Ayudas concedidas al amparo de la Orden de 31 de mayo de 2021, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de 8 de octubre de 2018, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la realización de acciones de asesoramiento a explotaciones agrarias, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020 (FEADER).

Objetivo del Asesoramiento

Durante los tres años que dura este servicio, se realizarán visitas a las explotaciones agrarias, asesorando a los agricultores sobre aspectos como la Condicionalidad, medidas agroambientales, medidas de desarrollo rural, etc., proponiéndose mejoras por parte de los técnicos de FECOAM.

Descripción de las operaciones de asesoramiento

El proceso de asesoramiento incluye las siguientes fases:

Fase I. Análisis inicial de la explotación. Se realiza una visita a la explotación observando todos los aspectos de asesoramiento obligatorios y, en su caso, los voluntarios, realizando un informe sobre dicha visita.

Fase II. Propuestas técnicas. Se realiza un informe sobre las anomalías detectadas así como las mejoras que se proponen en la explotación.

Fase III. Elección de propuestas y programación. Se trata de reunirse con el asesorado para elegí las propuestas de mejora y programar su puesta en marcha.

Fase IV. Seguimiento de ejecución. Se realizan tres visitas se seguimiento.

Fase V. Finalización Acta de visita e informe. En la última visita se trata de realizar un informe sobre las mejoras que ha supuesto el asesoramiento para la explotación durante todo el periodo.

TIPOS Y ÁMBITOS QUE SE PRESTAN

Asesoramiento obligatorio.

A.) Medio ambiente, cambio climático y bueno condiciones agrarias de la tierra. (Condicionalidad) Obligaciones que deberá cumplir la explotación, derivadas de los requisitos legales de gestión o normas de buenas condiciones agrarias y medioambientales según lo dispuesto en el título VI, capítulo I, del Reglamento (UE) nº 1306/2013.

B.) Prácticas agrarias beneficiosas para el clima y el medio ambiente establecidas en el título III, capítulo 3, del Reglamento (UE) núm. 1307/2013 y el mantenimiento de la superficie agrícola a que se refiere el artículo 4, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) núm. 1307/2013.

C.) Medidas a escala de las explotaciones agrarias incluidas en el Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia destinadas a fomentar la modernización de las explotaciones, la consolidación de la competitividad, la integración sectorial, la innovación y la orientación al mercado, así como la iniciativa empresarial.

D.) Requisitos a escala de los beneficiarios, establecidos por los Estados miembros para la aplicación del artículo 11, apartado 3 de la Directiva 2000/60/CE.

E.) Requisitos a escala de los beneficiarios, establecidos por los Estados miembros para la aplicación del artículo 55 del Reglamento (CE) núm. 1107/2009, en particular el requisito a que se refiere el artículo 14 de la Directiva 2009/128/CE.

F.) Ecoesquemas y arquitectura verde.

G.) Explotaciones forestales.

H.) Preparación para la aplicación de la Nueva estrategia de la Granja a la mesa y Biodiversidad 2030

I.) Asesoramiento voluntario

J.) Sólo en el caso de Pymes se asesorará en resultados económicos y medioambientales según lo especificado en el artículo 15 apartado 6 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.

K.) Normas relativas a la seguridad laboral o las normas de seguridad relacionadas con la explotación agraria.

L.) Orientaciones para Inversiones previstas en el Componente 3 del mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

M.) Diversidad economía rural.

N.) Mitigación del cambio climático, biodiversidad y protección del agua.

O.) Otros.

Asesoramiento relativo a:

  • Cadenas cortas de distribución
  • Aspectos sanitarios de la cría de animales
  • Resultados económicos y medioambientales en la explotación agrícola.

Requisitos de los usuarios y de las explotaciones para poder recibir asesoramiento

Deberán ser agricultores, ganaderos, jóvenes agricultores, titulares forestales, otros gestores de tierras y a las PYME de zonas rurales, ubicadas en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Aquellas explotaciones objeto de asesoramiento deberán estar inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Región de Murcia.

Criterios para la selección de usuarios

Para la selección por concurrencia competitiva de las explotaciones que puedan recibir estos servicios de asesoramiento, se seguirán los siguientes criterios, pudiendo obtener cada usuario una puntuación máxima de 100 puntos:

  • Agricultor dado de alta en el régimen especial de los trabajadores autónomos (RETA) por su actividad agraria propia o autónomos o en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios (SETA). En el caso de que el titular sea una persona jurídica estos requisitos deberán ser cumplidos por el 50% de sus socios: 20 puntos.
  • Explotación calificada como prioritaria, según Ley 19/1995, de 18 de julio, de modernización de explotaciones agrarias y/o se trate de una explotación agraria de titularidad compartida de acuerdo con la Ley 35/2011, de 4 de octubre, sobre titularidad compartida de las explotaciones agrarias a la que se preste asesoramiento en materia de agraria: 20 puntos.
  • Titulares con explotaciones ubicadas en parte o en su totalidad en las zonas vulnerables a la contaminación por nitratos de origen agrario o zonas de montaña o como zonas con limitaciones naturales o zonas de la Red Natura 2000: 20 puntos.
  • Joven agricultor, ganadero o titular forestal: 10 puntos.

Se considerará joven a todo agricultor, ganadero o titular forestal con una edad menor a 41 años a fecha en la que finalice el plazo para presentar la solicitud indicada en la presente orden.

  • Mujer titular de explotación agraria, forestal o titular de Pyme del ámbito rural: 10 puntos.
  • Agricultor inscrito en el Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia: 10 puntos.
  • Explotaciones ganaderas integradas en una Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera: 5 puntos.
  • Agricultor que tenga amparada su producción en una Denominación de Origen o en una Indicación Geográfica Protegida cuyos consejos reguladores tenga la sede en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia: 5 puntos

Sólo se podrá prestar asesoramiento a aquellos usuarios que hayan alcanzado una puntuación mínima de 20 puntos.

DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS:

https://pdr.carm.es/web/pdr/normativa-2.1

PROCESO DE SELECCIÓN DE USUARIOS

Las ayudas para el asesoramiento serán cofinanciadas a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Dirección General de Política Agraria Común

Nuevos asesorados

Si usted es agricultor y/o ganadero y tiene interés en que su explotación sea asesorada por nuestro Servicio, puede contactar con nosotros a través de los medios indicados a continuación.

Contacto:

FEDERACIÓN DE COOPERATIVAS AGRARIAS DE MURCIA (FECOAM)

C/ Caballero, 13. 30002 Murcia

Teléfono 968351282

fecoam@fecoam.es

“Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural: Europa invierte en las zonas rurales”

 

RESOLUCION CONVOCATORIA 2022-2024:

Oficina FECOAM

Oficina FRUCIMU

Concesión ayuda a asesoramiento a FECOAM

Las ayudas para el asesoramiento serán cofinanciadas a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Dirección General de Política Agraria Común)

FEDERACIÓN DE COOPERATIVAS AGRARIAS DE MURCIA (FECOAM)

C/ Caballero, 13. 30002 Murcia

Teléfono 968351282

fecoam@fecoam.es

OFICINAS DE ASESORAMIENTO Y HORARIOS.

FECOAM

C/ Caballero, 13. 30002 Murcia

Teléfono 968351282

fecoam@fecoam.es

HORARIO: De Lunes a Jueves de 9:00 a 14:30 y de 16:00 a 19 horas. Viernes de 9:00 a 15 horas.

FRUCIMU

Ctra. De Caravaca, 20. 30170 Mula

Teléfono 968660850

fecoam@fecoam.es

HORARIO: De Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas y de 15:30 a 18:30 horas.

“Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural: Europa invierte en las zonas rurales»