Plazo de suscripción del seguro de frutales campaña 2024
Desde el viernes 1 de diciembre hasta el sábado 20 de enero 2024 está abierto el periodo de suscripción del seguro para frutales para las opciones de helada y helada y falta de cuajado. Las principales novedades para este plan son:
- IDENTIFICACIÓN DE PARCELAS: La identificación de parcelas (bienes asegurables) se realizará con la codificación SIGPAC, dejando de utilizarse la codificación Agroseguro.
- ELIMINACIÓN DEL MÓDULO 3
- INDIVIDUALIZACIÓN DE LA COBERTURA EN BASE A RESULTADOS: Se ha definido criterios para la identificación de asegurados de Reiterada y Alta Siniestralidad (RAS), los que cumplan cumulativamente los siguientes criterios, tomando la información de los últimos 5 planes:
Contratación en, al menos, 3 de los últimos 5 planes para el riesgo de helada y/o falta de cuajado.
Ratio acumulado I/PPCCS de los 5 últimos planes mayor del 150% para el riesgo de helada y/o falta de cuajado.
Ratio I/PPCCS mayor del 110% en, al menos, 3 de los últimos 5 planes para el riesgo de helada y/o falta de cuajado. De manera excepcional, no se contabilizará el siniestro del plan 2021 para las comunidades autónomas de Aragón y Cataluña.
A los asegurados que cumplan dichos criterios se les aplicarán las siguientes medidas en función de su ratio I/PPCCS:
Si I/PPCCS igual o superior a 150% se reducirá el rendimiento máximo asegurable un 15% y se aplicará una franquicia absoluta del 30% para los riesgos de helada y/o falta de cuajado.
Si I/PPCCS es igual o superior a 250%, además de la reducción del 15% del rendimiento máximo asegurable y la aplicación de una franquicia absoluta del 30%, se aplicará un máximo de daños del 50% a nivel de parcela para los riesgos de helada y/o falta de cuajado.
Si I/PPCCS es igual o superior al 400%, se limitará el acceso a los módulos de aseguramiento 1 y 2. Estos asegurados podrá seguir contratando helada en los módulos de aseguramiento 3M y P, con las limitaciones establecidas en el punto anterior (reducción del rendimiento máximo asegurable del 15%, franquicia absoluta del 30% y límite máximo de daños del 50% por parcela para el riesgo de helada).
Para facilitar la gestión de la contratación se han realizado las siguientes acciones:
En el servicio web de rendimientos se informará de la producción máxima que se debe asegurar en cada parcela, teniendo en cuenta si el asegurado es RAS.
Para el control de las franquicias, se ha adaptado la tabla “Medidas franquicias”, vinculada en el módulo.
Para no permitir a los RAS con I/PPCCS igual o superior al 400% la contratación de los módulos 1 y 2, se usará la tabla “asegurados autorizados a la contratación”, donde definimos que esos Asegurados solo tendrán acceso a los módulos 3m y P.
La información de las franquicias se podrá obtener en el servicio web de datos y medidas del asegurado.
- Gestión de plantones: Edad de plantones; se podrán asegurar como plantones las plantaciones en su primer año productivo cuyas producciones no sean todavía comercialmente rentables.
Inicio de garantías en plantones; se aclara la definición de plantón, indicando que su implantación se produce con el arraigue, por tanto, el periodo de garantías se inicia con la toma de efecto y no antes del arraigue.
Mejora en las estructuras de protección antigranizo y umbráculos: Se admite hasta un poste cada 60m2 (anteriormente 50m2), para ello deberán disponer de postes metálicos de 75mm de diámetro en las posiciones de mayor esfuerzo.
Tarifa pedrisco por explotación: Se revisa al alza la tarifa del riesgo de pedrisco por explotación (módulo 1), mediante la actualización del coeficiente de paso entre la tarifa de parcela y la tarifa de explotación.
Actualización de precios al alza: De la nectarina de media estación y tardía. Además, se mejoran los precios de las instalaciones.
- CAMBIOS DE TITULARIDAD: Cuando se incorporen a la póliza, parcelas contratadas anteriormente por otro asegurado, y estas representen más del 20% del valor de producción asegurada, se tendrán en cuenta el histórico para el cálculo de la bonificación o recargo.
Si el antiguo titular es un asegurado RAS, además del recalculo de las bonificaciones y recargos, conllevará las siguientes medidas:
- Se reducirá el rendimiento máximo de todas las parcelas de la póliza un 15%
- Se aplicará un mínimo indemnizable y franquicia absoluta del 30%
- Si el ratio del antiguo titular es igual o superior a 250% además, se aplicara un límite máximo de daños del 50% a todas las parcelas.
- Incluso, en el caso de se haya asegurado una póliza del módulo 1 y 2 y el antiguo titular sea un asegurado RAS con un ratio igual o superior al 400% se anulará la póliza.
Es importante comunicar el cambio de titularidad antes de la contratación para evitar el cambio posterior, una vez sea detectado por Agroseguro.